Actividad Principal de la Entidad

Actividad principal de la entidad, su régimen jurídico, económico-financiero y de contratación. En el supuesto de servicios públicos gestionados de forma indirecta, se indicará la forma de gestión

En el año 2003, comenzó la andadura efectiva de esta Corporación con el fin principal de prestar de forma mancomunada los Servicios de Ayuda a Domicilio y Servicio de Gran Dependencia, asumiendo asimismo en un primer momento el Servicio del PARQUE DE MAQUINARIA MANCOMUNADA, y parte de la GESTIÓN DE LA PROMOCIÓN TURÍSTICA vinculada a ambos Concejos. Tras la aprobación del pertinente Presupuesto, se establecieron las bases para el desarrollo de los mencionados servicios, y los posibles que en momentos posteriores pudiera asumir la Mancomunidad.

En ejercicios previos se han llegado a desarrollar PROGRAMAS DE EMPLEO.

 

El régimen jurídico de la Mancomunidad es el de Entidad Local (artículo 3.5.c) y 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 1.2.d) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales)

 

El régimen económico-financiero viene principalmente establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, especialmente en el Título I, Título IV (especial referencia en su sección 3ª) y Título VI. También el reglamento de desarrollo de este Título Vi en materia de presupuestos, Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales.

Finalmente le es de aplicación como a la totalidad de las Administraciones Locales la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

 

El régimen de contratación viene determinado principalmente por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas complementarias.

Respecto a la contratación de personal la normativa fundamental se encuentra recogida en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

 

La Mancomunidad no tiene adjudicados servicios públicos que sean gestionados de forma indirecta

 

La Corporación presta de forma indirecta el servicio de teleasistencia y diversos programas de inclusión social.

 

En el ejercicio 2016 se tiene atribuido como Servicio Público en sentido estricto, la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio y Asistencia a grandes dependientes, si bien, 2013 fue el primer año en el que el Servicio de Gran Dependencia se atribuye a la Mancomunidad a través de un sistema de encomienda de gestión que ha continuado a lo largo del 2014, 2015 y 2016.

En todo caso, ambos servicios son gestionados de forma directa por la Mancomunidad a través de trabajadores propios, contando con un personal constante de 17 trabajadoras, y 8 más esporádicas, para cubrir sustituciones por vacaciones u otras causas. El número de usuarios medio que ha recibido atención del SAD y Grandes dependientes, oscila alrededor de 83 personas.

 

Tiene un carácter más marginal la prestación de servicios de atención social a través de la educadora social, o de los programas de integración social, ya que el Ayuntamiento de Llanes, dispone a su vez de este tipo de prestación.